Número de Expediente 2235/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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2235/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | MAYANS Y BORTOLOZZI : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO A LA CONMEMORACION DEL 51° ANIVERSARIO DE LA PROVINCIALIZACION DE FORMOSA , EL DIA 28 DE JUNIO DEL CTE. AÑO .- |
Listado de Autores |
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Mayans
, José Miguel Ángel
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Bortolozzi
, Adriana Raquel
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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27-06-2006 | 12-07-2006 | 99/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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06-07-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
06-07-2006 | 29-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 30-06-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2235/06)
PROYECTO DE DECLARACIÓN
El Senado de la Nación
Expresa su adhesión a la conmemoración del 51° aniversario de la Provincialización de Formosa, el día 28 de junio, fecha en que se recuerda la promulgación de la Ley N° 14.408 de Provincialización de los Territorios Nacionales.
José M. A. Mayans.- Adriana Bortolozzi.-
FUNDAMENTOS:
Señor Presidente:
La Ley 14.408 de Provincialización de los Territorios Nacionales, cuya sanción fue concretada el 15 de junio de 1955 y promulgada el 28 de junio del mismo año, declaró en provincias a los Territorios Nacionales de Formosa, entre otras, donde se fijaban los límites técnicos de cada una de ellas.
Por el artículo 4° de la Ley, se elegiría en cada nueva provincia dieciséis convencionales, en donde los representantes serían elegidos directamente por el pueblo de la provincia. Para ser convencional, se requería ser argentino nativo, y reunir los demás requisitos y calidades que para ser diputado de la Nación.
La convención debía dictar una ¿Constitución¿ bajo el sistema representativo, republicano de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional, y que asegure la administración de justicia, el régimen municipal, la educación primaria, asegurar los derechos , deberes y garantías de la libertad personal, los derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad, de la cultura, la función social de la propiedad, del capital y de la actividad económica. Sus principios no pueden ser contrarios a la Constitución Nacional ni a las declaraciones de la independencia política y económica.
Así nació la provincia de Formosa, hace 51 años, joven y pujante, en el costado norte de la patria, muchas veces relegada por el centralismo de algunos gobernantes, pero hoy gracias a la Reparación Histórica que lleva adelante el Presidente Kirchner, y ejecutada con gran visión por nuestro Gobernador, se están sentando las bases y la infraestructura necesaria para el desarrollo económico, agroindustrial, y para mejorar la calidad de vida de la familia formoseña.
Por todo lo expuesto espero que mis pares me acompañen en el presente proyecto.
José M. A. Mayans.- Adriana Bortolozzi.-