Número de Expediente 1207/06

Origen Tipo Extracto
1207/06 Senado De La Nación Proyecto De Declaración MAYANS : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO A LA CONMEMORACION DEL DIA DEL TRABAJADOR EL PROXIMO 1º DE MAYO .

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
26-04-2006 26-04-2006 53/2006 Tipo: NORMAL

ENVIADO AL ARCHIVO : 23-06-2006

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 26-04-2006
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
APROBADO COMO: Proyecto de Declaracion
NOTA:TEXTO UNIF. CONJ.S.860,939,1106,1124,1178/05, 911,1105,1118,1165,1187,1064/06
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1207/06)

PROYECTO DE DECLARACIÓN

El Senado de la Nación

Expresa su adhesión a la conmemoración del DÍA del TRABAJADOR, a celebrarse el 1° de Mayo, rindiendo un merecido homenaje a todas las luchas en ese sentido, con el fin de alcanzar sus legítimos derechos.

José M. A. Mayans.-


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

En memoria de los sucesos, en manifestaciones de trabajadores que desembocaron en hechos violentos en Chicago, EEUU, en 1886, a favor de la jornada laboral de ocho horas, inmediatamente adoptada por la Asociación Internacional de los Trabajadores, que lo convirtió en demanda común de la clase obrera de todo el mundo, el 1° de Mayo de 1889 quedó instituido el DIA del TRABAJADOR, por el Congreso de Paris, de la Segunda Internacional de Sindicatos Europeos.

En el siglo XX, los progresos para los trabajadores se fueron acrecentando con leyes laborales.
Nuestra Constitución Nacional de 1949, en el artículo 14 bis, introdujo los principios básicos para asegurarles al trabajador condiciones dignas y equitativas.

En nuestro país se pueden citar numerosas leyes para reivindicar los derechos de los trabajadores, como por ejemplo la de descanso dominical, la de indemnización por accidente de trabajo y las enfermedades profesionales aunque no medie culpa patronal, la Ley de despido, la Ley 11.544 que limita la jornada laboral a 8 horas.

En su mensaje al país del 1° de Mayo de 1974, en su ¿Modelo Argentino para el Proyecto Nacional¿, el Gral. Perón, dijo: ¿el trabajo es un derecho y es un deber, porque es justo que cada uno produzca por lo menos lo que consume (...) En la comunidad a que aspiramos la organización de los trabajadores es condición imprescindible para la solución auténtica del pueblo¿.
¿Los Derechos del Trabajador, consagrados en nuestra reforma constitucional, tienen plena vigencia e integran este Modelo. Los derechos a trabajar, a una retribución justa, a la capacitación, a condiciones digna de trabajo, a la preservación de la salud, al bienestar, a la seguridad social, a la protección de su familia, al mejoramiento económico, y a la defensa de los intereses profesionales, tienen que ser adicionados, con el derecho a la participación plena¿.

En nuestra legislación, es feriado nacional por la Ley 21.329 de feriados nacionales.
Por todo lo expuesto, espero que mis pares me acompañen en el presente proyecto.

José M. A. Mayans.-