Número de Expediente 294/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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294/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | AVELIN : PROYECTO DE LEY SOBRE INAMOVILIDAD DEL FERIADO NACIONAL DEL 2 DE ABRIL . |
Listado de Autores |
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Avelin de Ginestar
, Nancy
|
Capos
, Liliana
|
Negre de Alonso
, Liliana Teresita
|
Pichetto
, Miguel Ángel
|
Capitanich
, Jorge Milton
|
Giustiniani
, Rubén Héctor
|
Curletti
, Mirian Belén
|
Caparrós
, Mabel Luisa
|
Rossi
, Carlos Alberto
|
Gómez Diez
, Ricardo
|
Salvatori
, Pedro
|
Menem
, Eduardo
|
Massoni
, Norberto
|
Ochoa
, Raúl Ernesto
|
Bar
, Graciela Yolanda
|
Giusti
, Silvia Ester
|
Mayans
, José Miguel Ángel
|
Daniele
, Mario Domingo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
09-03-2004 | 18-03-2004 | 23/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
11-03-2004 | 21-04-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
11-03-2004 | 21-04-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 24-07-2006
FECHA DE MOCION DE PREFERENCIA: 14-04-2004
PARA:PROX.SES.C/ O S/DICT.
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 21-04-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: SOBRE TABLAS |
NOTA:PASA A DIP. C/DICT. |
DIPUTADOS |
---|
FECHA DE SANCION: 07-06-2006 |
SANCION: APROBO |
SANCION DE LEY |
---|
FECHA DE SANCION: 07-06-2006 |
NUMERO DE LEY: 26110 |
PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
---|
RESOLUCION: Promulgo |
FECHA: 29-06-2006 |
DECRETO NUMERO: 817/06 |
FECHA DEL DECRETO: 29-06-2006 |
OBSERVACIONES |
---|
SE INCORPORAN VARIAS FIRMAS DE SENADORES (S.378,379,380,381,382,383,411,557/04) |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0294/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º - Declárase que el 2 de abril "Día del Veterano y de los
Caídos en la Guerra de Malvinas", tendrá carácter de feriado nacional
inamovible.
Artículo 2º- Comuníquese al Poder ejecutivo.
Nancy Avelín de Ginestar
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La ley 25.370, sancionada por este H. Senado
de la Nación el 22 de noviembre del año 2002, declaró "Día del Veterano
y de los Caídos en la Guerra de Malvinas" el 2 de abril, otorgándole el
carácter de "feriado nacional".
En los fundamentos del proyecto se destacó la
necesidad de expresar reconocimiento al Veterano de Guerra y a los
Caídos en dicha guerra, por quienes el país todo contrajo una deuda de
honor y de agradecimiento eterno.
La nobleza del propósito quedó plasmada en la
ley de marras. Y la envergadura de esas jornadas, cargadas de
combates, esfuerzos y sacrificios, requería que ese reconocimiento de
gratitud quedara fijado en un feriado "inamovible". Sin embargo, al
conferírsele carácter de "trasladable", el sentimiento de los ex
-combatientes fuertemente adherido al día "2 de Abril" quedó por ello
desmembrado.
La presencia viva de nuestros Veteranos, junto
con la memoria de los Caídos, debe ser valorada integral y solemnemente
por la propia naturaleza de aquellos acontecimientos. Teniendo en
cuenta, asimismo, que la recuperación de los territorios usurpados y el
ejercicio pleno de la soberanía constituyen un objetivo permanente e
irrenunciable del pueblo argentino, tal como lo manda la cláusula
primera de las Disposiciones Transitorias de la Constitución Nacional.
Por los argumentos expuestos solicito a mis
pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Nancy Avelín de Ginestar
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0294/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º - Declárase que el 2 de abril "Día del Veterano y de los
Caídos en la Guerra de Malvinas", tendrá carácter de feriado nacional
inamovible.
Artículo 2º- Comuníquese al Poder ejecutivo.
Nancy Avelín de Ginestar
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La ley 25.370, sancionada por este H. Senado
de la Nación el 22 de noviembre del año 2002, declaró "Día del Veterano
y de los Caídos en la Guerra de Malvinas" el 2 de abril, otorgándole el
carácter de "feriado nacional".
En los fundamentos del proyecto se destacó la
necesidad de expresar reconocimiento al Veterano de Guerra y a los
Caídos en dicha guerra, por quienes el país todo contrajo una deuda de
honor y de agradecimiento eterno.
La nobleza del propósito quedó plasmada en la
ley de marras. Y la envergadura de esas jornadas, cargadas de
combates, esfuerzos y sacrificios, requería que ese reconocimiento de
gratitud quedara fijado en un feriado "inamovible". Sin embargo, al
conferírsele carácter de "trasladable", el sentimiento de los ex
-combatientes fuertemente adherido al día "2 de Abril" quedó por ello
desmembrado.
La presencia viva de nuestros Veteranos, junto
con la memoria de los Caídos, debe ser valorada integral y solemnemente
por la propia naturaleza de aquellos acontecimientos. Teniendo en
cuenta, asimismo, que la recuperación de los territorios usurpados y el
ejercicio pleno de la soberanía constituyen un objetivo permanente e
irrenunciable del pueblo argentino, tal como lo manda la cláusula
primera de las Disposiciones Transitorias de la Constitución Nacional.
Por los argumentos expuestos solicito a mis
pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Nancy Avelín de Ginestar
Texto Original