Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social (Ley 26.425)

Agenda de reunión

BICAMERAL26425@SENADO.GOV.AR
Tel: +54-11-2822-3000
Internos: 3732/3733
Hipólito Yrigoyen 1702, 7º Piso Oficina 705
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

 

Informacion: Ley 26.425 SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Régimen Previsional Público. Unificación.

Sancionada: Noviembre 20 de 2008.
Promulgada: Diciembre 4 de 2008.

TITULO III
De la supervisión de los recursos

ARTICULO 11.- La Administración Nacional de la Seguridad Social, entidad actuante en la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, gozará de autonomía financiera y económica, estando sujeta a la supervición de la Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social creada en el ámbito del Honrable Congreso de la Nación.

Dicha comisión estará integrada por SEIS (6) senadores y SEIS (6) diputados, quienes serán elegidos por sus respectivos cuerpos, la que establecerá su estructura interna, teniendo como misión constituir y ejercer la coordinación entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo nacional, a los efectos del cumplimiento de la presente ley y sus resultados, debiendo informar a los respectivos cuerpos legislativos sobre todo el proceso que se lleve adelante conforme a las disposiciones de esta ley.

Para cumplir su cometido, la citada comisión deberá ser informada permanentemente y/o a su requerimiento de toda circunstancia que se produzca en el desenvolvimiento de los temas relativos a la presente ley, remitiéndosele con la información la documentación correspondiente.

Podrá requerir información, formular las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinentes y emitir dictamen en los asuntos a su cargo. A estos efectos la Comisión bicameral queda facultada a dictarse su propio reglamento de funcionamiento.

ARTICULO 12. Créase en el ámbito de la Administración Nacional de la Seguridad Social el Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, cuyo objeto será el monitoreo de los recursos del sistema y estará integrado por:

a) Un representante de la ANSES;
b) Un representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
c) Dos integrantes del Organo Consultivo de Jubilados y Pensionados que funciona en el ámbito de la ANSES;
d) Tres representantes de las organizaciones de los trabajadores más representativas;
e) Dos representantes de las organizaciones empresariales más representativas;
f) Dos representantes de las entidades bancarias más representativas;
g) Dos representantes del Congreso de la Nación, uno por cada Cámara.

Los miembros integrantes de este consejo ejercerán su función con carácter ad honórem y serán designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de las entidades y organismos respectivos


Observaciones: Sin Observaciones
Cantidad de Integrantes: 6
Secretaria/o Administrativa/o de la Comisión: Dr. Romualdo E GOYENECHE
Telefono: 2822-3000
Interno: 3732/3733
Ubicacion: Hipólito Yrigoyen 1702, 7º piso oficina 705
C.P/Ciudad/País: CIUDAD DE BUENOS AIRES

Proyectos: de Control de los Fondos de la Seguridad Social (Ley 26.425)

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Nombre Cargo
MARÍA GRACIELA PAROLA (Dip.) SECRETARIA
SENADOR VACANTE (Sen.) VOCAL
DIPUTADO VACANTE (Dip.) VOCAL
DIPUTADO VACANTE (Dip.) VOCAL
DIPUTADO VACANTE (Dip.) VOCAL
DIPUTADO VACANTE (Dip.) VOCAL
DIPUTADO VACANTE (Dip.) VOCAL
SENADOR VACANTE (Sen.) VOCAL
SENADOR VACANTE (Sen.) VOCAL
SENADOR VACANTE (Sen.) VOCAL
SENADOR VACANTE (Sen.) VOCAL
SENADOR VACANTE (Sen.) VOCAL


Secretaria/o Administrativa/o de la Comisión: Dr. Romualdo E Goyeneche

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