Número de Expediente 1064/07

Origen Tipo Extracto
1064/07 Senado De La Nación Proyecto De Declaración GUINLE : PROYECTO DE DECLARACION EXPRESANDO RECONOCIMIENTO A LOS POBLADORES DE ORIGEN GALES QUE HABITABAN CHUBUT EN 1902 , QUE VOTARON A FAVOR DE ARGENTINA EN LOS DIFERENDOS LIMITROFES CON CHILE .
Listado de Autores
Guinle , Marcelo Alejandro Horacio

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
27-04-2007 02-05-2007 49/2007 Tipo: NORMAL

ENVIADO AL ARCHIVO : 08-05-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 02-05-2007
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:SE AP. TEXTO UNIF. CONJ. S. 1043/07
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1064/07)

PROYECTO DE DECLARACIÓN

El Senado de la Nación.

DECLARA

Su reconocimiento a aquel pequeño grupo de pobladores en su gran mayoría de origen galés, que habitaba la Colonia del Valle 16 de Octubre, en lo que hoy es la Provincia del Chubut, que el 30 de abril de 1902 al ser consultados por la Comisión de Límites que estudiaba los diferendos limítrofes entre Argentina y Chile, acerca de qué soberanía reconocían sobre las tierras que ocupaban, decidieron unánimemente su pertenencia a nuestro país.

Marcelo A. H. Guinle.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El 30 de Abril de 1902, en el Valle Dieciséis de Octubre, ubicado en la zona cordillerana de lo que hoy es la Provincia del Chubut, se realizó el histórico plebiscito en el cual un grupo de pobladores, en su gran mayoría de origen galés provenientes de la migración venida a las costas del Golfo Nuevo en 1865, decidió qué reconocían la soberanía de la República Argentina sobre esos importantes territorios que ocupaban.

El Tratado de Límites con Chile, firmado en 1881 establecía una frontera natural, indicada por la divisoria de aguas y las altas cumbres. Sin embargo, en la zona en cuestión -que incluye a los actuales parques nacionales argentinos Lago Puelo y Los Alerces-, existía un conflicto limítrofe de difícil resolución ante la no coincidencia de estos criterios generales de delimitación fronteriza. No hay altas cumbres y las cuencas de lagos y ríos desaguan en el océano Pacífico.

El hermano país de Chile alegaba que, las altas cumbres que demarcaban el territorio no eran suficientemente claras, y por esa razón debían tomarse las aguas como referencia en cuanto a la determinación de la frontera, por lo que quedaría en territorio chileno valles patagónicos muy fértiles ubicados en el noroeste de la Provincia del Chubut. Cada país tomaba el criterio más conveniente para sí, y ambos reclamaban esas tierras.

A fin de solucionar el conflicto de límites, se decidió dirimir la cuestión por medio de un arbitraje internacional a cargo del rey de Inglaterra, Eduardo VII, siendo designado Francisco Moreno perito por nuestro país, y encargado de redactar los argumentos en favor de sostener la soberanía argentina sobre esas tierras

El 30 abril de 1902, los pobladores que habitaban el lugar fueron citados por la Comisión de Límites en la Escuela Nro. 18 de Río Corintos, presidida por Sir Thomas Holdich en representación de la Reina Victoria de Inglaterra arbitro designado por los dos países, al ser consultados en relación a qué país tenían preferencia en pertenecer, se pronunciaron unánimemente reconociendo la soberanía Argentina sobre dicha zona.

El 20 de noviembre de 1902 se firmó el fallo definitivo en Inglaterra, y la zona del Valle Grande -donde actualmente están ubicadas las ciudades de Esquel y Trevelin- quedó bajo la soberanía argentina, resultando el antecedente decisivo el plebiscito presenciado por el representante de la Corona Británica Sir Thomas Holdich.

Tras el Laudo Arbitral, aquellas familias que habían llegado del lejano Gales y se habían integrado con los pueblos originarios que allí habitaban se quedaron para siempre en la zona del entonces territorio nacional. Tiempo después, en 1913, se instaló la primera línea telefónica. En 1918, un grupo de pobladores compró un nuevo molino con capacidad para 600 kilogramos de harina por día, que canalizó durante mucho tiempo la molienda de la producción cerealera de la región y ese el pueblo fue rebautizado como Trevelin (que en galés quiere decir "pueblo del molino").

En abril de 2002, al cumplirse cien años de dicha histórica decisión, la Legislatura de la Provincia del Chubut sancionó la ley 4841que establece lo siguiente:

Artículo 1.- Declárese día no laborable en todo el ámbito provincial el 30 de abril, en homenaje a la decisión histórica de la Población que un mismo día pero del año 1902, se autoconvocó en la Escuela Nº 18 de Río Corintos, decidiendo con su voto a favor, nuestros legítimos derechos de Soberanía sobre la pertenencia de tierras cordilleranas, dado que se enmarcaban en la fijación de los límites entre dos nacientes estados, Argentina y Chile, la "demarcación desde el Lago Lácar y la sección desde el Nahuel Huapi hasta la Colonia 16 de Octubre".

Artículo 2.- Inclúyase en la currícula escolar de los niveles de enseñanza primaria y media, los antecedentes históricos, geográficos y jurídicos del Plebiscito, como así también una reseña de los conflictos de límites y sus soluciones suscitadas en jurisdicción provincial, destacando los hechos memorables protagonizados por gobernantes, legisladores, pioneros, exploradores, científicos, peritos en límites y otras personalidades que contribuyeron a afianzar la soberanía argentina en nuestro suelo provincial.

Artículo 3.- En este día no laborable, el descanso es obligatorio para la Administración Pública Provincial, Bancos, Seguros y Actividades afines y solamente optativo para las actividades industriales, comerciales y civiles.

Artículo 4.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sin dudas, este histórico suceso es un hecho clave a la hora de reafirmar nuestra soberanía en la Región Patagónica que, entiendo, merece el reconocimiento de este Honorable Cuerpo, por lo que solicito a mis pares acompañen este proyecto con su voto.

Marcelo A. H. Guinle.-