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Información sobre el poder Legislativo
Reglamento del H.S.N.
 


Información sobre el Poder Legislativo

Comisiones del Honorable Senado de la Nación

Con el fin de establecer una especialización que redunde en beneficio del mejor conocimiento de los temas que son objeto de tratamiento legislativo, se crearon, por vía del Reglamento de la Cámara, las comisiones permanentes, que son las facultadas para dictaminar en los proyectos sometidos a decisión.

La eficiencia del Congreso, en un régimen presidencialista como el nuestro - en mayor medida que en otros regímenes -, depende en gran parte del buen funcionamiento de las comisiones; ya que se traslada al área parlamentaria un conjunto importante de negociaciones y de formación de coaliciones muy amplias y heterogéneas, las que dilucidan su accionar dentro de las comisiones parlamentarias.

El parlamento se vería incapacitado de cumplir con su cometido, si insistiera en manejarse solamente en sesiones plenarias. Excepcionalmente, una Cámara puede constituirse en pleno como comisión y, en la práctica, salvo por razones que justifiquen la urgencia del tratamiento, todos los proyectos van a las respectivas comisiones.

En el Senado de la Nación, de acuerdo con lo establecido por dicho reglamento, funcionan veinticuatro comisiones permanentes y seis comisiones bicamerales permanentes.

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