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Introducción:
Art. 75 - Corresponde a la comisión de Derechos y Garantías: dictaminar sobre lo relativo a los derechos humanos y sus garantías constitucionales. Asimismo, lo atinente a la implementación de programas y políticas de información, esclarecimiento, difusión y educación respecto al consumo y sobre todo asunto o proyecto orientado a promover la defensa de los derechos de consumidores y usuarios, para equiparar la situación de éstos frente a la de los proveedores de bienes y servicios. Será también competencia de la comisión todo asunto vinculado a la implementación de procedimientos tendientes a asegurar en la relación de consumo, los derechos consagrados en el Art. 42 de la Constitución Nacional -sin perjuicio de la competencia de la comisión de Asuntos Constitucionales- a favor de los usuarios y consumidores referentes a la protección de la salud y de la seguridad, la calidad de bienes y servicios, y a la participación en los organismos de control.
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