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Introducción:
DR-16/08 EL SENADO DE LA NACION ARGENTINA Resuelve:
ARTICULO 1° - Conformar una Comisión Bicameral de Conmemoración de los Bicentenarios de la "Revolución de Mayo" (1810-2010) y de la "Declaración de la Independencia" (1816-2016).
ARTICULO 2° - La Comisión creada por el artículo precedente tendrá a su cargo la planificación, ejecución y gestión de todas las actividades que se determinen en el ámbito del Congreso de la Nación, para la conmemoración de esos acontecimientos históricos, como así también la coordinación con el Poder Ejecutivo Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las organizaciones e instituciones de carácter público o privado, respecto las actividades que estos realicen en sus ámbitos con el mismo objeto.
ARTICULO 3° - La Comisión estará integrada por SEIS (6) Senadores y SEIS (6) Diputados, en proporción a la representación política actualmente existente. Los Presidentes de ambas Cámaras designarán respectivamente a los integrantes.
ARTICULO 4° - La Comisón aprobará su reglamento y prodrá convocar, para el cumplimiento de sus objetivos, a participar a personas físicas y organismos públicos o privados.
ARTICULO 5° - La Honorable Cámara de Senadores y la Honorable Cámara de Diputados proveerán la infraestructura, la apoyatura técnica y el personal necesario para el desarrollo de las funciones de esta Comisión Bicameral.
ARTICULO 6° - Los recursos que demande el cumplimiento de las actividades programadas se imputarán a las partidas específicas de cada Honorable Cuerpo Parlamentario, sin perjuicio de lo cual, la comisión podrá, a través de sus respectivas presidencias, recibir aportes y contribuciones para el logro de su contenido.
ARTICULO 7° - Comuníquese.
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