26 de agosto de 2008

ESCUDERO REFUTÓ A ANÍBAL FERNÁNDEZ POR PROYECTO DE PRECURSORES QUÍMICOS

En duros términos contestó la senadora nacional por Salta Sonia Escudero (PJ) a una misiva enviada por el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Aníbal Fernández a la Cámara de Diputados, en rechazo de un proyecto de ley impulsado por la salteña -que ya cuenta con media sanción de la Cámara alta- que tipifica como delito penal el desvío de precursores químicos a la fabricación de estupefacientes. El tema, cobra relevancia en estos días por las circunstancias que rodean al triple crimen mafioso de General Rodríguez.

En duros términos contestó la senadora nacional por Salta Sonia Escudero (PJ) a una misiva enviada por el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Aníbal Fernández a la Cámara de Diputados, en rechazo de un proyecto de ley impulsado por la salteña -que ya cuenta con media sanción de la Cámara alta- que tipifica como delito penal el desvío de precursores químicos a la fabricación de estupefacientes. El tema, cobra relevancia en estos días por las circunstancias que rodean al triple crimen mafioso de General Rodríguez.

La legisladora envió copia de la nota, donde refuta una a una las críticas vertidas por el ministro a su proyecto de ley, a los miembros de ambas Cámaras, incluidos los de las comisiones de Legislación Penal y Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico que todavía no iniciaron el tratamiento del proyecto que fuera aprobado por unanimidad en el Senado el pasado 25 de junio.

Escudero explicó que es vital la sanción de la ley porque en la Argentina existe un vacío legal que permite el libre accionar de los laboratorios que se dedican a la fabricación de químicos que se utilizan para el desarrollo de drogas peligrosas. "Por ejemplo, la hoja de coca boliviana no sería un estupefaciente sin los precursores químicos que se fabrican en la Argentina", ejemplificó la legisladora.

"El ministro de Justicia y Seguridad presentó una nota pidiendo que no se apruebe esto, porque dice que estamos penalizando intenciones. Los pensamientos no se penalizan; lo que nosotros buscamos es que se sancione el desvío de alguien que le vende a un fabricante y sabe que el químico va a terminar convirtiéndose en un estupefaciente", agregó Escudero.

Entre otras consideraciones, Fernández había señalado que la iniciativa viola los derechos humanos, no respeta los principios del Derecho Penal Liberal, y que contiene defectos de técnica legislativa. Escudero le respondió que "las objeciones son completamente infundadas, por ser incorrectas desde el punto de vista jurídico y evidencian que no se ha leído el Proyecto con una atención mínima".

En algunos pasajes de la nota enviada al ministro, la legisladora defendió férreamente su proyecto que "no reprime la tenencia del precursor químico sino solamente su desvío y no un desvío cualquiera sino un desvío inequívoco hacia la producción ilegal de estupefacientes".

Y, fundamentalmente, consideró "grave, inadmisible y ofensivo: la suposición de que el proyecto vulnera el Estado constitucional de Derecho y los derechos humanos fundamentales. Esta afirmación -sostuvo- es antojadiza y producto de una lectura harto deficiente del proyecto. Este representa, un singular esfuerzo de síntesis (...) que procura contemplar y reprimir un aspecto muy preciso de la conducta humana, que es un eslabón fundamental en la cadena de la elaboración ilícita de estupefacientes y que hoy se encuentra completamente impune...".

 

El Proyecto

§ De acuerdo al proyecto, "será reprimido con prisión de dos a ocho años e inhabilitación especial de cuatro a doce años el que, por cualquier medio, desviare precursores químicos o sustancias químicas esenciales hacia la producción ilegal de estupefacientes. Si se tratare de una persona jurídica se aplicará una multa de diez a quinientos mil pesos y, en caso de reincidencia, será sancionada con la cancelación de la personería jurídica".

§ Si el desvío se hubiere producido por negligencia "sin conocer el destino de las mismas, será reprimido con pena de inhabilitación especial de seis meses a dos 2 años".

§ Se incorpora un artículo que castiga el falseamiento de los datos suministrados al Registro de Precursores Químicos, imponiendo una pena de prisión de uno a cuatro años, e inhabilitación de dos años a seis. Si se tratare de una persona jurídica -al igual que en el caso del desvío-, se aplicará una multa de veinte a quinientos mil pesos y la cancelación de la personería jurídica en caso de reincidencia.