13 de abril de 2018

Proponen prohibir precios discriminatorios en bienes y servicios por motivos de género

El proyecto modifica la Ley de Defensa al Consumidor y elimina el IVA para artículos de contención menstrual

 

Conocé el proyecto

A propósito del mes de la mujer, durante marzo se difundieron varios estudios que manifiestan la diferencia que se paga por productos orientados a las mujeres respecto a sus equivalentes destinados a los hombres, denominado en el mundo Impuesto Rosa. Al respecto, la senadora Cristina Fiore Viñuales presentó un proyecto de ley que incorpora en la Ley de Defensa al Consumidor la obligatoriedad de evitar la diferenciación de precios en bienes y servicios que estén sustentadas en cuestiones de género. Además, atendiendo a los gastos de la mujer solo por el hecho de serlo, también propone eliminar el IVA para todos aquellos artículos utilizados por el período menstrual.

"La propuesta quiere regular situaciones de discriminación en los precios de los bienes y servicios que consumimos o de los que somos usuarias, sustentadas solamente en motivos de género, que impactan directamente en el presupuesto diario", señala Fiore en los fundamentos del proyecto y agrega que "además se pretende lograr un beneficio para mujeres en edad fértil eliminando el impuesto al valor agregado a los artículos de contención menstrual, ya que deben ser considerados de primera necesidad".

El proyecto propone una modificación al artículo 8° bis de la ley 24.240 de Defensa al Consumidor que refiere al "trato digno y a las prácticas abusivas" en la relación de proveedores y consumidores de bienes y servicios. El incumplimiento de esta obligación podrá ser pasible de las sanciones por parte de la Secretaría de Comercio de la Nación, quien controla el cumplimiento de dicha ley.

La segunda modificación de la propuesta de Fiore apunta a incorporar un inciso al artículo 7° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, donde se establezca la exención de tal alícuota a los artículos de contención menstrual comprendidos por todos aquellos elementos utilizados durante la menstruación femenina tales como toallas higiénicas descartables o reutilizables, tampones y copas menstruales.

"Este tema puede parecer menor comparado con otras luchas de género, sin embargo, el acumulado en el costo de esta diferenciación de precios entre productos similares pero que se distinguen entre masculinos o femeninos, sumado al hecho de que mundialmente las mujeres ganamos aproximadamente entre un 20% y un 35% menos que los hombres, amplía la brecha y el impacto en las condiciones de vida comienza a ser mayor", señaló la senadora Fiore en su propuesta.

Investigaciones sobre el tema

Esta diferencia de precio conocida a nivel mundial como "impuesto rosa" proviene del hecho de que los productos para mujeres presentan un marketing y packaging diferenciado, a menudo de color rosa, siendo muchas veces ese envoltorio la única diferencia para que su valor sea mayor.

El concepto de "impuesto rosa" o "impuesto a la mujer" comenzó a acuñarse a partir de 1990 en Estados Unidos y a partir de allí diversos estudios establecieron que las mujeres podían llegar a pagar hasta un 25% más por un corte de cabello o el lavado de un mismo tipo de prenda, con respecto a los hombres.

El mayor estudio a nivel global acerca del sobreprecio en productos destinados a mujeres lo ha hecho el Departamento de Asuntos del Consumidor de Nueva York en el año 2015, donde se compararon casi 800 productos con versiones masculinas y femeninas similares de más de 90 marcas. El resultado arrojó que, en promedio, "los productos para mujeres cuestan un 7% más que los productos similares para hombres".

Si bien en la Argentina no hay investigaciones de semejante magnitud, un artículo periodístico de la agencia TELAM de este año data que, por ejemplo, un analgésico como el ibuprofeno de 400 miligramos costaba $11,36 más si su caja era rosa, un desodorante antitranspirante  de 50 mililitros era $3,25 más caro si era para mujer, y el par de maquinitas de afeitar podía pagarse $1,75 más en su versión femenina.

En similar sentido, en un estudio realizado por la consultora Focus Market, a pedido de CAME se identificó que los rubros en los que mayormente se observa la diferencia de precios, son los vinculados a las industrias químicas y farmacéuticas relacionados a la estética, la higiene y el cuidado personal. El impacto económico de estas prácticas discriminatorias es importante teniendo en cuenta que las mujeres siguen siendo las principales responsables de las compras del hogar, lo que las convierte en el target preferido para direccionar el marketing y las estrategias de consumo.

Por otra parte, en la campaña tendiente a visualizar las desigualdades que se provocan por el período femenino, denominada "MenstruAcción" se expresaba que: "Los productos para la gestión menstrual son una necesidad básica, la falta de acceso a ellos aumenta las probabilidades de ausentismo escolar, infecciones y precarización económica, entre otros problemas. El vacío de políticas públicas al respecto hace que las personas que menstrúan sean más vulnerables."

   En nuestro país, se calcula que por año una mujer que menstrúa gasta entre 700 hasta 1200 pesos anuales en la compra de artículos de contención. Este monto equivale a lo que se cobra por Asignación Universal por Hijo mensualmente.

   Un antecedente al respecto es el caso de Canadá, como en algunos estados de Estados Unidos y países de Europa, en donde los productos como toallas femeninas, tampones o copas menstruales tributaban como artículos de lujo. De esta forma, luego de una importante campaña, las mujeres canadienses lograron en julio del año 2015 eliminar todo tipo de impuestos en la comercialización de los mismos.

   En Nueva York, se fue más allá y en junio de 2016 se aprobó la distribución gratuita de toallas femeninas y tampones en escuelas públicas, albergues y cárceles.