Solicitan prórroga de Ley de Emergencia para familias inundadas de Salta
Fiore Viñuales y Urtubey lo pidieron a través de una nota al
presidente Macri y por un proyecto de Comunicación.
http://www.senado.gov.ar/parlamentario/comisiones/verExp/4965.17/S/PC
Ante la
crítica situación que viven las familias del Departamento de Rivadavia a causa
del desborde de los ríos Pilcomayo y Bermejo, los senadores Cristina Fiore Viñuales y Rodolfo Urtubey
presentaron una nota dirigida al presidente
de la Nación, Mauricio Macri solicitando la prórroga de la Ley 27.355 de Emergencia Nacional, para declarar
zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social para el
departamento de Rivadavia.
En el mismo sentido, Fiore y Urtubey presentaron ayer un proyecto de
Comunicación solicitándole ¿al Poder
Ejecutivo nacional efectivice con carácter de urgencia, la prórroga de la Ley
27.355¿ y fundamentó su pedido ¿en la
imperiosa necesidad de profundizar el auxilio y la recuperación del
departamento de Rivadavia¿.
En la nota al presidente Macri, los senadores recuerdan que en ¿el artículo 1° de la ley de Emergencia, el Congreso de la Nación le da
la potestad al Poder Ejecutivo Nacional de prorrogar dicha ley por ciento
ochenta (180) días más para aquellos partidos, departamentos, localidades y/o
parajes que se encuentren afectados por las inundaciones¿.
Con el
argumento de que ¿la recuperación de
estos desastres climáticos es lenta y precisa de un apoyo continuo durante un
tiempo¿ los legisladores piden la prórroga de esta ley que contempla la
conformación de un fondo especial, con aportes del Tesoro nacional, para hacer
frente a las acciones de asistencia a los damnificados y reconstrucción de las
economías afectadas y destina fondos adicionales a la cobertura de planes
sociales.
El proyecto
también adopta las medidas necesarias para preservar y restablecer las
relaciones de trabajo y empleo; contempla la implementación de asistencia
técnica y financiera destinadas a la recomposición de la capacidad productiva y
a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos y de la
Administración Nacional de la Seguridad Social, instrumenta regímenes
especiales de pago y condonación de deudas.