17 de noviembre de 2016

FIORE PRESENTO PROYECTO DE REGIMEN PENAL JUVENIL SOBRE DICTAMEN DE 2009

El dictamen consideraba propuestas de Perceval, Escudero, Morales, Perez Alsina, Quintela y Negre de Alonso.

 

http://www.senado.gov.ar/parlamentario/comisiones/verExp/4560.16/S/PL

Cristina Fiore presentó esta semana un proyecto que establece un sistema de responsabilidad penal especial para los casos de menores de entre 13 y 18 años de edad que cometan delitos que sean de acción pública o dependientes de instancia privada. Con la sanción de esta ley, los adolescentes dejan de ser entendidos como objetos bajo la tutela del Estado - como son comprendidos legalmente en la actualidad- para pasar a ser reconocidos como sujetos de pleno derecho, lo que también debe implicar su consideración como sujeto responsable.

El régimen legal que se propone rescata los principios generales del derecho penal y procesal penal, del derecho constitucional y de los tratados internacionales, dice el proyecto, además de apuntar a fortalecer los vínculos familiares y sociales del menor, respetar el derecho a su formación integral, otorgar soluciones específicas, hacer participar a la víctima, garantizar la privacidad de los menores implicados y llevar adelante un juicio en un plazo razonable.

La propuesta de Fiore destaca la inimputabilidad de los menores de 18 años respecto de delitos de acción privada o de delitos cuya pena no sea la privación de la libertad. Asimismo, se proponen medidas alternativas de solución de conflictos como la conciliación y la suspensión del juicio a prueba.

En cuanto a las sanciones, dice que la justicia podrá aplicar, en orden creciente: advertencias con apercibimiento, ordenar disculpas personales a la víctima, reparar el daño causado, prestar servicios a la comunidad, inhabilitación especial, prohibiciones, libertad asistida, privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre, privación libertad en domicilio o privación de libertad en centro especializado.

Además sostiene que el encarcelamiento de los menores sólo podrá aplicarse como último recurso.

Cuando se trate de personas que tengan entre 13 y 15 años de edad podrán ser privadas de su libertad si el delito cometido conlleva una pena mínima superior a los cinco años de prisión. En ese caso, no podrán estar presos más de tres años.

En el caso de menores de 16 a 17 años, los delitos que podrían llevarlos al encarcelamiento serán aquellos con una pena mínima de prisión superior a los tres años. Al respecto, podrán estar en un establecimiento especial hasta cinco años u ocho, en el caso de haber cometido un delito en concurso real.

"Es imprescindible proponer un sistema de prevención, juzgamiento y sanción penal, que sostenga los diferentes grados de delitos, la intencionalidad, el grado del perjuicio, la posibilidad de la reparación, la conciliación, la mediación penal, la dispensa de la ofensa para las cuestiones de indisciplina leve, entre otros; pudiendo ser bien atendidas y contenidas en un sistema que apunte a la reeducación en primer término", destaca Fiore en los fundamentos del proyecto.