17 de septiembre de 2015

EL SENADO APROBO PROYECTO QUE PROTEGE LAS ACCIONES DEL ESTADO EN EMPRESAS

El Senado de la Nación aprobó con 39 votos a favor y 22 en contra el proyecto de Ley que declara de interés público la protección de las participaciones sociales del Estado que integran su cartera de inversiones del Fondo de Garantías Solidario (FGS) y de las participaciones accionarias de empresas en las que posee acciones en su poder.

El Senado de la Nación aprobó con 39 votos a favor y 22 en contra el proyecto de Ley que declara de interés público la protección de las participaciones sociales del Estado que integran su cartera de inversiones del Fondo de Garantías Solidario (FGS) y de las participaciones accionarias de empresas en las que posee acciones en su poder.

La iniciativa restringe la venta de esos títulos sin autorización previa del Congreso mediante los votos de los dos tercios de sus miembros.

El proyecto busca preservar la sustentabilidad del Fondo y "promover el rol activo del Estado en la coordinación de la gestión de los directores que representan al Estado Nacional o al FGS para que la realización del interés societario se lleve a cabo resguardando el interés público comprometido en las participaciones societarias".

Asimismo, se crea la Agencia Nacional de Participaciones Estatales en Empresas (ANPEE) que tendrá a su cargo entender en la ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de las empresas comprendidas en el proyecto.

La agencia estará integrada porn un directorio y un consejo consultivo, previendo la conformación de una Comisión Bicameral Permanente de Participación Estatal en Empresas conformada por ocho miembros de Diputados y ocho del Senado.

El directorio estará conformado por un presidente, ejercido por el Director Ejecutivo de ANSES, dos directores designados por el PEN (uno será el Ministro de Economía y el otro el Ministro de Industria), dos directores propuestos por la Comisión Bicameral: uno por la mayoría o primera minoría y otro por la primera minoría o segunda minoría.