Número de Expediente 1281/04

Origen Tipo Extracto
1281/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación CASTRO Y OTROS : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE IMPULSE LA FIRMA DE UN NUEVO TRATADO PARA LA CUENCA RIO SALI - DULCE .
Listado de Autores
Castro , María Elisa
Rossi , Carlos Alberto
Escudero , Sonia Margarita
Bussi , Ricardo Argentino
Latorre , Roxana Itatí
Giustiniani , Rubén Héctor
Miranda , Julio Antonio
Zavalía , José Luis
Pinchetti de Sierra Morales , Delia Norma

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-05-2004 12-05-2004 80/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
07-05-2004 08-06-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 1
10-05-2004 08-06-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 05-07-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 23-06-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:
OBSERVACIONES
AGREGA FIRMA ZAVALIA (12-05), PINCHETTI (20-05-04).

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
512/04 15-06-2004 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1281/04)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación:

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la
Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaría de
Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios, impulse la firma de un nuevo Tratado
Interjurisdiccional que defina con precisión los objetivos y
procedimientos del Comité de Cuenca Río Salí-Dulce, en el marco de la
Ley 25.688 (Régimen de Gestión Ambiental de Aguas).-

María E. Castro.- Carlos A. Rossi.- Sonia M. Escudero.- Julio A.
Miranda.- Ricardo A. Bussi.- Roxana Latorre.- Rubén Giustiniani.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El presente proyecto se inscribe en el marco de la Ley 25.688 (Régimen
de Gestión Ambiental de Aguas), la cual prevé en su artículo 4°, en los
casos de cuencas interjurisdiccionales, la creación de Comités de
Cuencas Hídricas destinados a asesorar a la autoridad competente y
colaborar en la gestión ambientalmente sustentable de las cuencas
hídricas; y lo que es más importante aún, define a las cuencas hídricas
como unidades ambientales de gestión del recurso indivisibles;
agregando su artículo 6° que en el caso de cuencas
interjurisdiccionales, cuando el impacto ambiental sobre alguna de las
jurisdicciones sea significativo, será vinculante la aprobación de la
utilización de las aguas por el Comité de Cuenca correspondiente.-

La Cuenca Hídrica Salí-Dulce nace en el sur de la Provincia de Salta,
siendo tributarios en ese tramo los Ríos Candelaria y Tala. El Río Salí
recibe ese nombre desde el límite con Salta y Tucumán, y es el colector
de toda la cuenca alta de esta última Provincia, desembocando en el
embalse frontal del Río Hondo. Desde allí cambia su denominación por la
de Río Dulce, atravesando toda la Provincia de Santiago del Estero
hasta su desembocadura en la Laguna de Mar Chiquita o Mar de Ansenuza
en la Provincia de Córdoba.-

El Embalse de Río Hondo integra una cuenca endorreica, es decir, que no
tiene salida al mar; sin embargo, esta barrera geográfica ha sido
parcialmente eliminada por el hombre, con la construcción de un canal
que deriva aguas del Río Dulce hacia el Río Salado: el Canal Jume
Esquina, ubicado íntegramente en Santiago del Estero, partiendo del
Dique Los Quirogas y llegando al Río Salado.-

El Embalse Termal de Río Hondo divide a la cuenca en su parte superior
e inferior. La región superior de la cuenca abarca un área total de
20.000 Km2, distribuyéndose 3750 km2 en la Provincia de Salta y 16.250
km2 en la Provincia de Tucumán. Es en esta región en donde se encuentra
la mayor concentración de la población y actividad industrial,
caracterizándose su suelo por ser fértiles y frágiles debido al régimen
de lluvias y a las pendientes del terreno. La región inferior abarca un
área total de 37.320 km2 de los cuales 30.820 corresponde a la
Provincia de Santiago del Estero y 6.500 km2 a la Provincia de
Córdoba.-

Los factores que producen un mayor impacto ambiental en la cuenca son:
modelo territorial de la Provincia de Tucumán (Ej.:mal manejo del
suelo, del riego, extracción descontrolada de áridos), anegamiento de
suelos, mal manejo de los ríos, inundaciones, volcamientos
industriales, destino irregular de residuos urbanos, falta de educación
ambiental. Estos factores producen un impacto directo e inmediato sobre
la cuenca con dos consecuencias que son: 1)la colmatación, entendida
como la acumulación de sedimentos que transporta los ríos hasta el lago
termal y 2)la contaminación, que es la presencia en el agua de
elementos naturales o de origen industrial y que por su concentración o
presencia son perjudiciales para dicho recurso natural y su entorno. La
contaminación tiene la particularidad de ser visible y repugnante, en
cambio la colmatación es silenciosa y artera, cada una con
consecuencias diferentes para el ambiente; así la contaminación puede
llevar a la enfermedad y mortandad de peces y en forma directa o
indirecta afecta a la del ser humano; la colmatación en cambio provoca
la disminución del volumen de contención del lago impactando en su uso
como regulador de corrientes de aguas y viéndose reducida su capacidad
de autodepuración.-

Dentro de los avances realizados podemos citar el acuerdo de
cooperación y coordinación entre las Provincias de Santiago del Estero
y Tucumán, sobre la contaminación de la Cuenca Salí-Dulce del año 2001,
con el objeto de implementar acciones destinadas a solucionar los
problemas de contaminación de las aguas y colmatación por sedimento de
la mencionada Cuenca.-

Asimismo, en el año 2003 la Asociación de Defensores del Pueblo de la
República Argentina (ADEPRA) se abocó a la problemática ambiental a la
cual se encuentran sujetas las provincias mencionadas con anterioridad,
convocando para tal fin a la Primera Audiencia Pública
Interjurisdiccional, de la cual surgió un informe con mucho de los
datos aquí vertidos y estableciendo como una de sus premisas
fundamentales la inmediata conformación del Comité de Cuenca.-

En realidad, la historia de la conformación de este Comité de Cuenca
data de1971, año en el que fuera creado por la entonces Secretaría de
Recursos Hídricos y ratificado por los Gobiernos de las Provincias de
Córdoba, Santiago del Estero y Tucumán, adhiriendo con posterioridad
Catamarca y Salta. Sin embargo, a lo largo de los años, el objetivo
inicial se fue desvirtuando, por lo cual se hace necesaria la firma de
un nuevo Tratado Interjurisdiccional que defina con precisión los
objetivos y procedimientos del Comité Técnico que, dentro de sus
posibilidades, se encuentra actualmente en funciones.

Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto de comunicación.-

María E. Castro.- Carlos A. Rossi.- Sonia M. Escudero.- Julio A.
Miranda.- Ricardo A. Bussi.- Roxana Latorre.- Rubén Giustiniani.-